DE LA CRISIS A LA REFORMA: ¿CÓMO DESMANTELAR LA CAPTURA CRIMINAL DE LA FISCALÍA?

✍️ RAMIRO ORIÁS
📰 Brújula Digital
📅 07 de Octubre de 2026

La aprehensión, imputación, destitución y detención preventiva del exfiscal general del Estado, junto a otras autoridades del Ministerio Público, por la comisión de graves delitos relacionados con la corrupción pública, legitimación de ganancias ilícitas y el favorecimiento al crimen organizado y el narcotráfico ha provocado un auténtico terremoto institucional.

El impacto de esta crisis sobre la institucionalidad del Ministerio Público ha sido tan intenso que ha sacudido algunos de los cimientos esenciales en los que se asentaba la autonomía de la fiscalía, como la aplicación de las reglas de suplencia establecidas en la Ley 260, las garantías de estabilidad en el cargo, así como su juzgamiento bajo un fuero especial, planteando la necesidad de iniciar el saneamiento de una institución tan contaminada.

Más allá de la situación jurídica de las autoridades procesadas, que se deberá resolver siguiendo todas las garantías del debido proceso, este caso abre la oportunidad histórica de iniciar un proceso de depuración y lustre de un Ministerio Público marcado por la impronta de la corrupción y la vulneración de derechos humanos.

En este marco, cabe señalar que los estándares internacionales de derechos humanos sobre independencia de los operadores de justicia también reconocen algunas excepciones a la regla de estabilidad en el cargo. 

Una de ellas se aplica en los procesos de transición que siguen al derrumbe de regímenes autoritarios y corruptos, donde es justo que se pidan cuentas a las autoridades judiciales y fiscales que permitieron o no enfrentaron decisivamente las violaciones de derechos humanos y actos de corrupción, que quizás pudieron ser prevenidos si no hubiera existido un esquema de impunidad institucionalizada.

En este tipo de situación excepcional, donde los pesos y contrapesos que garantizan el Estado de derecho fallan o dejan de ser eficaces, se justifica un proceso de saneamiento judicial. A este efecto, el Relator Especial sobre la promoción de la verdad, la justicia, la reparación y las garantías de no repetición de Naciones Unidas, en su informe del año 2018, ha dejado sentado que uno de los problemas que más afectan a las transiciones es la impunidad de quienes han perpetrado violaciones de los derechos humanos. “Con frecuencia los sistemas de justicia son inoperantes, para hacer efectivo el derecho a la justicia por transgresiones del pasado”.

El Relator Especial sobre la independencia de los magistrados y abogados de Naciones Unidas, en su informe de 2004 ha señalado que los sistemas de justicia enfrentan enormes retos en procesos de transición y reconstrucción de las instituciones: “uno de los problemas más urgentes es luchar contra la impunidad, pero las nuevas autoridades pueden tropezar con dilemas. 

Por ejemplo, ¿cómo hacer que juzguen a los criminales los jueces que ellos mismos nombraron?”. Conforme al numeral 30 de los Principios para la protección y la promoción de los derechos humanos mediante la lucha contra la impunidad, adoptados por la Comisión de Derechos Humanos de Naciones Unidas en 2005, es posible restringir el principio de inamovilidad de los jueces, en este tipo de casos.

En el mismo sentido, el Relator Especial sobre la independencia de los magistrados y abogados, al abordar la cuestión de la corrupción y la delincuencia organizada, sostiene que: “En los procesos de transición, ya sea posteriores a un conflicto o a un régimen autoritario, es normal exigir responsabilidades a los jueces involucrados en violaciones de los derechos humanos y actos de corrupción que desean conservar sus puestos”. 

Al referirse a los dilemas con los que pueden tropezar las autoridades durante los períodos de transición, ha señalado que “una de las prioridades de un Estado en transición hacia la democracia puede ser el saneamiento del poder judicial, para que recobre su legitimidad, su independencia y su imparcialidad y, en último término, su credibilidad pública”.

La lección de las experiencias de justicia transicional, en diversas latitudes, es que cuando un Ministerio Público es penetrado por intereses criminales, las reglas ordinarias de permanencia, sucesión y suplencia de las autoridades fiscales fallan, obligando a los Estados a implementar mecanismos extraordinarios de nombramiento para recuperar la confianza de la ciudadanía. En estos casos se justifica una excepción al principio de inamovilidad de jueces y fiscales.

El nuevo fiscal general del Estado tiene la misión de desmantelar las estructuras criminales enquistadas en el Ministerio Público, pero ¿cómo hacerlo con las herramientas institucionales regulares, cuando, por ejemplo, el régimen de carrera fiscal ha tenido avances tardíos y menores? 

Los fiscales departamentales, que deben ser designados previa convocatoria pública y calificación de capacidad profesional y méritos a través de concurso público, se mantienen bajo un sistema de nombramiento directo y discrecional. Ni qué decir de las decenas de casos de fiscales interinos destituidos por denuncias de corrupción. 

Tampoco se ha cumplido con los procesos públicos y participativos de evaluación del desempeño del cuerpo fiscal. Una de las principales deudas, sin duda, es el rezago en el proceso de institucionalización del escalafón del Ministerio Público.

Para enfrentar este tipo de situaciones, en un contexto de crisis institucional, existen diversos mecanismos que la experiencia internacional puede aportar al diseño de un proceso nacional de recomposición de la fiscalía en Bolivia. Por ejemplo, en algunos países de la región, como Guatemala y Honduras, se establecieron misiones internacionales ad hoc como la CICIG o la MACCIH que contribuyeron al desmantelamiento de redes de corrupción en esos países. 

En Europa del Este, se establecieron sistemas de depuración (Vetting), como en Albania y Moldavia, con la participación de expertos internacionales y comisiones independientes en los paneles de selección o revisión de antecedentes de los integrantes de las fiscalías. Algunos países implementaron procesos de ceses masivos, que paralizaron sus servicios al público y no siempre cumplieron los estándares del debido proceso, además de opacar las responsabilidades individuales de las máximas autoridades involucradas en estos aparatos, lo que pone en riesgo la estabilidad de la reforma.

Las lecciones aprendidas en estas experiencias muestran que resulta indispensable evitar que la urgencia política conduzca a decisiones incompatibles con el Estado de derecho. Las depuraciones indiscriminadas o los ceses masivos, los nombramientos discrecionales o las reformas improvisadas pueden debilitar la legitimidad de la transición y generar nuevas formas de captura institucional. 

Las reformas deberán sustentarse en criterios objetivos, procedimientos transparentes y garantías efectivas de debido proceso, estableciendo un mecanismo que permita revisar la situación caso a caso, a fin de que la rendición de cuentas sea individualizada, concentrándose en los máximos responsables o nodos de estas estructuras.

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